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Derecho al olvido digital – Desreferenciación: ¿qué dice la ley?

Esta batalla en la que los motores de búsqueda, incluido Google, han hecho oídos sordos durante años ya no puede ser ignorada. Casi una década desde que reglas coercitivas en este sentido han permitido desarrollar el derecho al olvido en la web.

Aunque los motores de búsqueda se diseñaron originalmente para transcribir respuestas a preguntas y vivir de la publicidad, su función principal no se ha evaluado en absoluto en torno al control de los datos personales. En Francia, los derechos de segunda generación, que tienen un significado simbólico y legal muy fuerte, en particular todo lo que implica el derecho a la privacidad, necesariamente, como en otros países de la UE, estaban destinados a chocar con los motores de búsqueda.

Comportamientos, intentos de evasión y desempoderamiento se han sustentado durante mucho tiempo en la porosidad de las fronteras que la red tiende a ignorar. Sin embargo, la explosión de solicitudes para regular los datos personales ha permitido agilizar este control a nivel legislativo. El control progresivo al que está sujeta la web ha permitido regular tanto el derecho de supresión como el derecho a la desreferenciación.

El derecho de supresión: una prerrogativa reconocida por el RGPD

GDPR, todos hemos oído hablar de él. El efecto de su cobertura mediática fue recibido como piedra en el estanque por los efectos jurídicos que produce. Este trabajo legislativo a largo plazo iniciado en 2016 a nivel europeo entró en vigor el 23 de junio de 2018 en nuestra ley interna. Por lo tanto, durante casi 4 años, cualquier sitio a escala europea debe mencionarlo, ya sea en el corazón de sus avisos legales o a través de una ventana emergente. Por lo tanto, el RGPD establece que el editor de un sitio puede devolver al solicitante todos sus datos personales si así lo desea.

Este texto legal coercitivo en el seno de su artículo 7 da una serie de disposiciones donde es probable que se ejerza el derecho al olvido digital. Esto se refiere particularmente al uso de datos personales. Esto ya es un gran paso adelante. Así, los datos podrán ser devueltos a simple requerimiento a su destinatario si:

• “No son o han dejado de ser necesarios en relación con los fines para los que inicialmente fueron recogidos o tratados
• El interesado retira el consentimiento en el que se basa el tratamiento y no existe otra base legal para el tratamiento
• El interesado se opone al procesamiento y no existen motivos legítimos imperiosos para el procesamiento
• Están sujetos a procesamiento ilegal (por ejemplo, publicación de datos pirateados)
• Deben ser borrados para cumplir con una obligación legal”.

En qué situaciones el RGPD no es oponible a los editores del sitio

El derecho al olvido digital también tiene límites que el RGPD no puede regular. De hecho, en el marco de las libertades fundamentales, es bastante válido que el editor de un sitio también pueda nombrar una identidad o una estructura para necesidades que sean de interés público.

Por lo tanto, las decisiones en este sentido no pueden revocarse con el pretexto de que se refieren a la identidad de una persona. El artículo 17, apartado 3, establece que se puede denegar la supresión de datos en el contexto de:

• Ejercicio del derecho a la libertad de expresión e información
• Para cumplir con una obligación legal
• La realización de una tarea de interés público o en el ejercicio de la autoridad oficial conferida al responsable del tratamiento
• Por razones de interés público en el ámbito de la salud pública
• Fines de archivo en interés público, con fines de investigación científica o histórica o con fines estadísticos, en la medida en que el derecho de supresión pueda imposibilitar o comprometer gravemente la consecución de los objetivos de dicho tratamiento.
• El establecimiento, ejercicio o defensa de los derechos ante los tribunales”.

En otras palabras, la Ley enumera las situaciones en las que prima el interés público y en las que el derecho al olvido digital queda de facto desprovisto de motivaciones claras. Por lo tanto, el RGPD también tiene la intención de trazar un límite claro para limitar el abuso en esta área por parte de los editores o de los solicitantes. Por lo tanto, la mejor evaluación se hará con el ojo ilustrado de un abogado que pueda medir el alcance y el valor de una acción legal.

El derecho a la exclusión de los buscadores: una consagración del juez europeo desde 2014

La legislación francesa desde hace más de 15 años intenta regular el tratamiento de datos personales a través de diversas leyes relativas a la economía digital. Muchos intentos de los sucesivos gobiernos se han visto frustrados por la supranacionalidad y la internacionalización del buscador Google. Por lo tanto, es mediante el agotamiento de todos los recursos internos en España que el caso Google España – Google Inc. contra la agencia española de protección de datos y Mario Costeja que el juez europeo pudo dictar el curso a seguir.

Esta decisión extraordinaria es la base que, al menos en Europa, producirá efectos jurídicos considerables para el derecho al olvido digital. Recordemos brevemente la anécdota.

Mario Costeja, con el apoyo de la Agencia Española de Protección de Datos, ataca la versión española del buscador internacional de artículos de más de 20 años cuyos enlaces le perjudican cuando se escribe su nombre en Google. En cuestión, un caso antiguo de cobro de deudas asociado a su nombre del que solicita la supresión. Las autoridades españolas no están de acuerdo con él. Habiendo agotado todas las vías legales internas, el Sr. Costeja recurre al juez comunitario. La decisión del tribunal aprueba la calidad de su enfoque y sienta las bases en el territorio europeo del marco de datos personales en materia de privacidad.

El 13 de mayo de 2014 es, por tanto, una fecha clave que pone fin a la simple misión de Google de desligarse de la responsabilidad de lo que difunde el buscador. Este último ya no se considera como un motor de respuesta simple. Por tanto, puede ser responsable del tratamiento de los datos que difunde apareciendo en las páginas web. Esta decisión consagra explícitamente el derecho a la exclusión de cotización para personas físicas y jurídicas.

De facto, esta decisión es una victoria en la batalla que desde hace años se opone a la legislación interna y al buscador Google en el tratamiento de los datos y la privacidad de las personas.

La publicación de un formulario de solicitud de exclusión de contenidos tras esta decisión del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

Los efectos producidos por la sentencia del tribunal europeo se vuelven vinculantes para Google. Este último, cuya misión está desplazada, no puede permitirse el lujo de controlar todo en su interfaz. Por lo tanto, la empresa estadounidense decide crear un formulario para eliminar las solicitudes relativas a datos personales, que por supuesto deben estar motivadas. Desde su aparición, las solicitudes de particulares y empresas han ido in crescendo.

Sin embargo, este procedimiento puesto en marcha por Google, que tiene como objetivo eliminar el contenido dañino pero no eliminar el contenido, no siempre da la razón a los solicitantes, que también deben utilizar un interés legítimo.

Sentencia de 19 de diciembre de 2019 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea: nueva precisión y nuevos campos de actuación

Europa continúa armonizando la legislación nacional. Todas las hojas de ruta que emite bajo el derecho comunitario tienen fuerza legal en el seno de los Estados miembros en cumplimiento de la pirámide normativa. Ya se trate de directivas o decisiones judiciales emitidas por el Tribunal Europeo, este último prevalece sobre el derecho interno. En lo que se refiere al derecho al olvido digital, es fundamental entender este funcionamiento que actúa de manera subsidiaria.

En el centro de esta última sentencia de 2019, el TJUE especifica en el contexto de las libertades fundamentales nuevos elementos sobre el derecho a la exclusión de las personas cuya identidad está directamente vinculada a los resultados de los motores de búsqueda. Los jurisconsultos comunitarios van más allá al ampliar el alcance de la llamada información sensible para los individuos. Los detalles personales, como la referencia a la etnia, las creencias, la opinión política, la orientación sexual o la condena penal, ahora pueden llamar la atención.

Finalmente, la jurisdicción comunitaria recuerda que el derecho europeo se aplica en el seno de las fronteras de todos los estados miembros. En consecuencia, cualquier procedimiento por el derecho al olvido digital tiene un impacto en el conjunto de la Unión Europea. Por lo tanto, es probable que el derecho de exclusión se aplique a las diferentes versiones del motor de búsqueda (.fr, .de, .es, .it, etc.).

En lo que se refiere al contexto global, las cosas son menos precisas. El TJUE se limita a recomendar que se reconozca el alcance internacional en esta materia. No puede decidir sobre una prerrogativa que no entra dentro de su ámbito de competencia en relación con el criterio geográfico. Delega, por tanto, esta posibilidad en los tribunales nacionales, que deben ser ellos mismos capaces de poner fin a las acciones lesivas de los derechos de las personas. Con esto en mente, los motores de búsqueda tienen mucho interés en cooperar porque ahora la ley europea supranacional puede limitarlos y alentar a otras jurisdicciones a seguir su ejemplo.

¿Cuáles son los recursos legales en el corazón del derecho interno francés?

En los casos en que el derecho al olvido digital no pueda ejercerse favorablemente a través del formulario de Google, el solicitante que desee evaluar su derecho puede dirigirse absolutamente a la CNIL. Google tiene un plazo de 1 mes hasta un máximo de tres meses para dar una respuesta o no.

Iniciar este procedimiento es necesario para poder apoderarse de la CNIL y quizás esperar ganar el caso en un procedimiento de derecho a la exclusión o borrado.
Para ello, la persona que desee detener la publicación de contenidos en la web deberá:

• Ponerse en contacto con el editor del sitio o el motor de búsqueda y demostrar que no ha ganado su caso
• Presentar una solicitud en línea ante la CNIL que acredite que puede ejercer su derecho al olvido digital en relación con asuntos relacionados con su identidad o datos personales.
• Si se aprueba, la CNIL puede usar su poder coercitivo para hacer cumplir su decisión.
• Por otro lado, es probable que cualquier negativa encuentre eco en los tribunales de derecho consuetudinario.

No obstante, cuando el incumplimiento del derecho a la vida en la red se derive de un determinado contexto mediático, el juez de sala podrá adoptar medidas de emergencia para detener la publicación de contenidos. Ello tiene por objeto en este caso preservar los derechos y libertades de los interesados ​​en el marco de la jurisdicción administrativa. Estos casos específicos son, además, a menudo asunto de personas públicas o de renombre.

Qué recordar sobre las Leyes relativas al derecho al olvido digital

Debe entenderse que el derecho al olvido digital en lo que respecta a la retirada de información personal en los buscadores es una legislación joven cuya lucha data de casi dos décadas. Las dificultades para regular la actividad digital por la porosidad de las fronteras para los buscadores encuentra ahora un marco legal. Las sentencias de las autoridades judiciales europeas han tenido un peso decisivo. El derecho supranacional de la Unión Europea ha facilitado la armonización de la legislación entre todos los estados miembros. Además, son estas decisiones en particular las que han permitido que la legislación francesa sea también más restrictiva en este ámbito.

La colaboración de Google, que ahora debe regular a posteriori lo que se hace en el seno de su buscador, es una excelente noticia que tiene muy buena acogida. Aunque es posible que no se pronuncie sobre ciertos casos, la CNIL y los tribunales también pueden hacerse cargo para facilitar la exclusión o eliminación de contenido según las motivaciones del solicitante.

Sin embargo, la práctica también muestra que Google también puede tener razón. Algunos casos en los que la CNIL impone multas al motor de búsqueda dan como resultado opiniones desfavorables del juez comunitario. En este sentido, el derecho al olvido digital es también un péndulo que permite defender los derechos del buscador y de los particulares.

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