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¿Quiénes son los jubilados que no tienen que pagar CSG?

¿Quiénes son los jubilados que no tienen que pagar la CSG?

Los jubilados también están sujetos a la Contribución Social Generalizada (CSG), al igual que los empleados. Esta contribución está destinada a financiar la protección social y se deduce directamente de los ingresos, activos e inversiones de los jubilados a una tasa fija del 9,2%. Sin embargo, no todos los jubilados están obligados a pagar la CSG. Este es el por qué.

Las diferentes tasas de CSG según los ingresos

La CSG para jubilados varía según el impuesto de renta de referencia (RFR) de los dos años anteriores. Hay cuatro tasas diferentes de CSG: 0%, 3,8%, 6,6% y 8,3%. Estas tarifas se determinan de acuerdo con el nivel de ingresos del jubilado. Así, los jubilados cuyos ingresos estén por debajo de un determinado umbral podrán estar exentos de la CSG. Por lo tanto, es crucial monitorear su RFR y su tasa CSG para minimizar los pagos innecesarios. Además, cabe señalar que el CSG es un impuesto progresivo, lo que significa que los jubilados con mayores ingresos pagan una mayor tasa de CSG.

Exenciones CSG

Dependiendo de los ingresos, algunos jubilados pueden estar exentos de CSG. Estos son los umbrales de ingresos anuales para la exención CSG en 2023:

  • Para personas que viven solas: ingresos inferiores a 11.614 euros anuales.
  • Para parejas: ingresos acumulados inferiores a 17.816 euros anuales.

Es importante tener en cuenta que estos umbrales pueden variar según la región de residencia. Por ejemplo, en Martinica, Guadalupe y Reunión, los umbrales son respectivamente 13 741 euros (persona soltera) y 20 253 euros (pareja). En Guyana, los umbrales son 14.368 euros (persona soltera) y 21.035 euros (pareja).

Ciertas categorías de jubilados están automáticamente exentas de la Contribución para el reintegro de la deuda social (CRDS) y la Contribución solidaria adicional para la autonomía (Casa), independientemente de su nivel de ingresos. Éstas incluyen:

  • Personas que reciben pensiones de invalidez militares y víctimas de la guerra.
  • veteranos
  • Pensionistas temporales de huérfanos.
  • Viudas y viudos beneficiarios del subsidio del seguro de viudedad.
  • Pensionados modestos beneficiarios del subsidio solidario para adultos mayores (ASPA).

Es fundamental que los jubilados comprendan los criterios de exención de la CSG para conocer sus derechos y realizar las gestiones necesarias para beneficiarse de las ventajas que se les otorgan.

El tema de la exención CSG para los jubilados es un tema importante y debatido. Algunos creen que los umbrales de exención actuales son insuficientes y no tienen en cuenta los costos de la vida diaria, en particular para los pensionistas con ingresos modestos. Señalan que estos jubilados ya enfrentan gastos crecientes relacionados con la atención médica, la vivienda y otras necesidades básicas, lo que puede dificultar el pago de la CSG. Por lo tanto, es necesario continuar evaluando y ajustando los umbrales de exención para garantizar que reflejen adecuadamente la realidad financiera de los jubilados.

Además, es importante recordar que la CSG es una fuente esencial de financiación de la seguridad social y las prestaciones sociales en Francia. Contribuye al financiamiento de los sistemas de salud, pensiones de jubilación y otros sistemas de protección social. Por lo tanto, aunque la exención de CSG puede proporcionar un alivio financiero para algunos pensionistas, es fundamental mantener un equilibrio entre las necesidades de los pensionistas y la necesidad de financiar el gasto social. Esto permite garantizar la sostenibilidad de los sistemas de protección social y apoyar a toda la población, incluidos los jubilados, en sus necesidades básicas.

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