La “penalización por peso”, también denominada “impuesto sobre la masa en orden de marcha”, está fijada actualmente en 10 €/kg para los vehículos de más de 1.800 kg.
El gobierno francés ha implementado una nueva política fiscal con respecto a los vehículos eléctricos e híbridos, conocida como “malus auweight” o “impuesto sobre la masa en orden de marcha”. Este nuevo enfoque fiscal se refiere específicamente a ciertos tipos de vehículos, mientras que otros permanecen exentos.
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¿Qué vehículos se ven afectados por la penalización de peso?
El impuesto sobre la masa en orden de marcha se aplica a los vehículos de pasajeros, incluidos los automóviles de categoría M1, los vehículos de categoría N1 con carrocería tipo pick-up de al menos cinco asientos y los vehículos de usos múltiples de categoría N1 destinados al transporte de pasajeros, sus equipajes. o sus bienes, que tengan al menos dos filas de asientos. Los vehículos comerciales no están afectados por este impuesto. También debe tenerse en cuenta que si un vehículo no estaba sujeto a la penalización por peso cuando se matriculó por primera vez, pero posteriormente sufrió modificaciones técnicas que llevaron a la pérdida de la exención, entonces se aplicaría la penalización por peso cuando se registre el nuevo vehículo.
¿Qué vehículos están exentos de la penalización por peso?
Ciertos vehículos están exentos del impuesto sobre la masa en orden de marcha. Esto incluye vehículos accesibles para sillas de ruedas, vehículos adquiridos por una persona con tarjeta de movilidad de inclusión de discapacidad o tarjeta militar de discapacidad, y vehículos adquiridos por una persona con un menor o hijo dependiente en su hogar fiscal que tiene una tarjeta de inclusión de movilidad (CMI) marcada discapacidad o una tarjeta de discapacidad militar. Cabe señalar que la exención solo puede afectar a un vehículo por beneficiario y también se aplica en caso de alquiler a largo plazo. Además, los vehículos de bajas emisiones, como los vehículos eléctricos y/o de hidrógeno y los vehículos eléctricos híbridos enchufables con una autonomía en ciudad totalmente eléctrica de más de 50 km, no están sujetos a este impuesto.
¿Cuál es el monto de la penalización de peso?
La cuantía del impuesto sobre la masa en orden de marcha se fija en 10 € por kg para los vehículos de más de 1.800 kg. Por ejemplo, un vehículo de 1.801 kg estaría sujeto a un impuesto de 10 €, mientras que un vehículo de 1.900 kg estaría sujeto a un impuesto de 1.000 €, y así sucesivamente.
En resumen, la implementación del impuesto de masas viales es un punto de inflexión en la política fiscal francesa con respecto a los vehículos eléctricos e híbridos. Aunque esta medida puede parecer desalentadora para algunos, está diseñada para fomentar el uso de vehículos más ligeros y respetuosos.El gobierno francés ha implementado una nueva política fiscal con respecto a los vehículos eléctricos e híbridos, conocida como el “malus por peso” o “impuesto sobre masa en orden de marcha”. Este nuevo enfoque fiscal se refiere específicamente a ciertos tipos de vehículos, mientras que otros permanecen exentos.
¿Qué vehículos se ven afectados por la penalización de peso?
El impuesto sobre la masa en orden de marcha se aplica a los vehículos de pasajeros, incluidos los automóviles de categoría M1, los vehículos de categoría N1 con carrocería tipo pick-up de al menos cinco asientos y los vehículos de usos múltiples de categoría N1 destinados al transporte de pasajeros, sus equipajes. o sus bienes, que tengan al menos dos filas de asientos. Los vehículos comerciales no están afectados por este impuesto. También debe tenerse en cuenta que si un vehículo no estaba sujeto a la penalización por peso cuando se matriculó por primera vez, pero posteriormente sufrió modificaciones técnicas que llevaron a la pérdida de la exención, entonces la penalización por peso se aplicaría cuando se registre el nuevo vehículo.
¿Qué vehículos están exentos de la penalización por peso?
Ciertos vehículos están exentos del impuesto sobre la masa en orden de marcha. Esto incluye vehículos accesibles para sillas de ruedas, vehículos adquiridos por una persona con tarjeta de movilidad de inclusión de discapacidad o tarjeta militar de discapacidad, y vehículos adquiridos por una persona con un menor o hijo dependiente en su hogar fiscal que tiene una tarjeta de inclusión de movilidad (CMI) marcada discapacidad o una tarjeta de discapacidad militar. Cabe señalar que la exención solo puede afectar a un vehículo por beneficiario y también se aplica en caso de alquiler a largo plazo. Además, los vehículos de bajas emisiones, como los vehículos eléctricos y/o de hidrógeno y los vehículos eléctricos híbridos enchufables con una autonomía en ciudad totalmente eléctrica de más de 50 km, no están sujetos a este impuesto.
¿Cuál es el monto de la penalización de peso?
La cuantía del impuesto sobre la masa en orden de marcha se fija en 10 € por kg para los vehículos de más de 1.800 kg. Por ejemplo, un vehículo de 1.801 kg estaría sujeto a un impuesto de 10 €, mientras que un vehículo de 1.900 kg estaría sujeto a un impuesto de 1.000 €, y así sucesivamente.
En resumen, la implementación del impuesto de masas viales es un punto de inflexión en la política fiscal francesa con respecto a los vehículos eléctricos e híbridos. Aunque esta medida puede parecer desalentadora para algunos, está diseñada para fomentar el uso de vehículos más ligeros y respetuosos.
Esta sanción podría aplicarse tan pronto como el próximo año o en 2025.
Los vehículos eléctricos e híbridos, que suelen ser más pesados que sus equivalentes térmicos, podrían ser los más afectados por este impuesto. El ministro Beaune dijo que los criterios de tributación serán cada vez más estrictos, debido a la evolución del mercado eléctrico que permite producir vehículos más accesibles y livianos.
Según el sitio del servicio público francés, el impuesto sobre la masa en orden de marcha se aplica a los vehículos de pasajeros. Aquí hay una lista de vehículos que están afectados y los que están exentos:
- Vehículos afectados :
- coche categoría M1
- Vehículo de categoría N1
- Es posible que pronto se incluyan vehículos eléctricos e híbridos de servicio pesado
- Vehículos no afectados :
- Vehículos utilitarios
- Vehículos accesibles para sillas de ruedas
- Vehículos adquiridos por persona con tarjeta de inclusión a la movilidad marcada discapacidad o carné militar de discapacidad
- Vehículos adquiridos por una persona con un menor o un hijo a cargo en su hogar fiscal que tenga una tarjeta de inclusión de movilidad (CMI) marcada discapacidad o una tarjeta de discapacidad militar
- Vehículo eléctrico y/o de hidrógeno
- Vehículo eléctrico híbrido enchufable con una autonomía en ciudad totalmente eléctrica de más de 50 km1.